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Introducción
¿Qué hacer si usted no ha pagado los impuestos de su vehículo?
¿Qué hacer en casos especiales?
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Liquide aquí el impuesto de
su vehículo



 

Qué debe hacer si usted no ha pagado los impuestos de su vehículo?

OBSERVACIONES:

Es indispensable que en cada caso el contribuyente responda el Emplazamiento dirigiéndose a la Subsecretaría de Impuestos y Rentas del Departamento del Valle, anexando los siguientes documentos:

  • Copia del Emplazamiento.
  • Copia de los pagos o documentos soportes necesarios para cada caso (traslados de cuenta, cambios de servicio, etc.).

Si usted va a cancelar el impuesto tenga en cuenta lo siguiente:

  • Liquide y pague una sanción equivalente al (10%) del total de su impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retardo sin exceder el 200% del valor del impuesto.
  • El retardo se cuenta a partir del dia siguiente del vencimiento de los plazos para declarar.
  • La sanción mínima asciende a la suma de $201.000 según el Estatuto Tributario.
  • Las sanciones que le corresponden deben liquidarse y pagarse sin perjuicio de los intereses de mora originados por el incumplimiento en el pago del impuesto.
 
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