DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA
GOBERNACIÓN
DECRETO 1314 29 dic 2008
“Por medio del cual se fijan los plazos para la presentación de la declaración y pago de impuesto sobre vehículos automotores, vigencia fiscal de 2009”.
El GOBERNADOR DEL VALLE DEL CAUCA, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 488 de diciembre 24 de 1998, artículos 147, 147 y
CONSIDERANDO
Que la Ley 488 de diciembre 24 de 1998 en su articulo 146 faculta a los Departamentos y al Distrito Capital para fijar los plazos dentro de los cuales se declarará y pagará el impuesto sobre vehículos automotores,
En virtud de lo anterior,
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: Fijar los plazos para la presentación de la declaración y pago de este impuesto sobre vehículos automotores de la vigencia fiscal de 2009, para los vehículos gravados con este impuesto, que se encuentran matriculados en el parque automotor del Departamento del Valle del Cauca, así:
| PLACAS RANGOS |
FECHA DE PLAZO |
No. 000 al 333 |
Hasta el día 08 de abril de 2.009 |
No. 334 al 666 |
Hasta el día 08 de mayo de 2.009 |
No. 667 al 999 |
Hasta el día 08 de junio de 2.009 |
Para motos de más de 125 c.c. de cilindraje hasta el día 8 de junio de 2.009 |
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