SEDE SAMECO: SALIDA DE VEHÍCULOS
Información adicional: Descargue el documento requisitos_salida_vehiculos.pdf |
Si usted tiene su vehículo inmovilizado por las siguientes infracciones podrá realizar los trámites para retirarlo, en la sede Sameco. |
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POR FAVOR TENGA EN CUENTA LO SIGUIENTE: |
- Sí su vehículo fue inmovilizado y no le entregaron el comparendo, este caso se atiende UNICAMENTE en la sede Salomia
- Sí su vehículo fue inmovilizado porque usted estaba en estado de embriaguez este caso se atiende UNICAMENTE en la sede Salomia
- Sí su vehículo es de transporte público y fue inmovilizado, este caso se atiende UNICAMENTE en la sede Salomia
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INFRACCIONES |
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- A11. Transitar por zonas restringidas o por vías de alta velocidad como autopistas y arterias, en este caso el vehículo automotor será inmovilizado.
- B2. Conducir un vehículo con la licencia de conducción vencida.
- B3. Conducir un vehículo sin placas, o sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito.
- B4. Conducir un vehículo con placas adulteradas.
- B5. Conducir un vehículo con una sola placa, o sin el permiso vigente expedido por autoridad de tránsito.
- B6. Conducir un vehículo con placas falsas.
- B7. No informar a la autoridad de tránsito competente el cambio de motor o color de un vehículo. En ambos casos, el vehículo será inmovilizado.
- C1. Presentar licencia de conducción adulterada o ajena lo cual dará lugar a la inmovilización del vehículo.
- C14. Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado.
- C20. Conducir un vehículo de carga en que se transporten materiales de construcción o a granel sin las medidas de protección, higiene y seguridad ordenadas. Además el vehículo será inmovilizado.
- C21. No asegurar la carga para evitar que se caigan en la vía las cosas transportadas. Además, se inmovilizará el vehículo hasta tanto se remedie la situación.
- C22. Transportar carga de dimensiones superiores a las autorizadas sin cumplir con los requisitos exigidos. Además, el vehículo será inmovilizado hasta que se remedie dicha situación.
- C36. Transportar carga en contenedores sin los dispositivos especiales de sujeción. El vehículo será inmovilizado.
- D1. Guiar un vehículo sin haber obtenido la licencia de conducción correspondiente.
- D2. Conducir sin portar los seguros ordenados por la ley. Además, el vehículo será inmovilizado.
- D8. Conducir un vehículo sin luces o sin los dispositivos luminosos de posición, direccionales o de freno, o con alguna de ellas dañada, en las horas o circunstancias en que lo exige este código.
- D12. Conducir un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
- D13. En caso de transportar carga con peso superior al autorizado el vehículo será inmovilizado y el exceso deberá ser transbordado.
- D14. Las autoridades de tránsito ordenarán la inmovilización inmediata de los vehículos que usen para su movilización combustibles no regulados como gas propano u otros que pongan en peligro la vida de los usuarios o de los peatones.
- D15. Cambio del recorrido o trazado de la ruta para vehículo de servicio de transporte público de pasajeros, autorizado por el organismo de tránsito correspondiente.
- E3. Conducir en estado de embriaguez, o bajo los efectos de sustancias alucinógenas. * (Salida del vehículo solo en la sede Salomia)
- E4. Transportar en el mismo vehículo y al mismo tiempo personas y sustancias peligrosas como explosivos, tóxicos, radiactivos, combustibles no autorizados etc.
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